
En un contexto económico donde la jubilación no siempre garantiza la solvencia deseada y el patrimonio principal de muchas familias está inmovilizado en la vivienda, la vivienda inversa emerge como una solución
financiera innovadora. Este instrumento permite a las personas mayores, propietarias de su casa, liberar el valor acumulado en ella sin necesidad de desalojarla, mejorando así su calidad de vida durante la tercera edad.

La vivienda inversa es un producto financiero-inmobiliario dirigido a personas mayores, normalmente a partir de 65 o 70 años, que son propietarias de su vivienda. A través de un contrato, el propietario cede la escritura de nuda propiedad de su inmueble a una empresa o entidad especializada (el inversor), a cambio de una cantidad de dinero, que puede ser un pago único o una renta vitalicia. La característica fundamental que la define es que el vendedor (usufructuario) conserva el derecho de uso y disfrute de la vivienda de por vida, pudiendo seguir viviendo en ella sin pagar alquiler.
La vivienda inversa prioriza el bienestar y la estabilidad del propietario senior, permitiéndole transformar un activo ilíquido (la casa) en liquidez inmediata, manteniendo intacto su derecho a residir en el hogar.
Los propietarios acceden a una importante suma de dinero sin tener que mudarse. Pueden seguir viviendo en su entorno familiar, con sus recuerdos y su comunidad.
El capital obtenido puede destinarse a cubrir gastos cotidianos, mejorar la alimentación, costear tratamientos médicos o de dependencia no cubiertos por la seguridad social, realizar viajes o simplemente disfrutar de una vejez más desahogada y segura.
El contrato garantiza el derecho de uso de la vivienda hasta el fallecimiento del último titular (o en algunos casos, de su cónyuge).
Para aquellos cuya pensión es insuficiente, la renta vitalicia o el capital de la vivienda inversa se convierte en un complemento perfecto.
Dependiendo de la entidad y el acuerdo, el propietario puede elegir cómo recibir el dinero: un pago único, una renta mensual vitalicia, o una combinación de ambas.
El propietario original transfiere la propiedad legal del inmueble (la escritura de nuda propiedad) al inversor, pero se reserva para sí el usufructo vitalicio. Esto significa que la empresa se convierte en la dueña, pero no puede ejercer ese derecho hasta que fallezca el usufructuario.
Es el corazón del acuerdo. El vendedor mantiene el derecho a usar, disfrutar y habitar la vivienda como si fuera suya, con la obligación de mantenerla en buen estado y pagar los gastos ordinarios.
El precio de la operación se establece tras una valoración exhaustiva del inmueble realizada por un tasador independiente. El precio de compra suele situarse entre el 35% y el 60% del valor de mercado, ya que el inversor asume el riesgo de la longevidad del usufructuario.
Una vez firmado el contrato, es irrevocable. El propietario no puede dar marcha atrás y recuperar la propiedad plena, ya que la empresa ha desembolsado el capital.
El proceso de una operación de vivienda inversa comienza con la solicitud y estudio, con una empresa especializada, que analice su situación (edad, estado de la vivienda, etc.) para verificar que cumple los requisitos. Luego, un tasador oficial valora la vivienda para determinar su valor de mercado actual. La empresa realiza una oferta formal, que suele ser un porcentaje del valor tasado y se detalla la forma de pago.
El asesoramiento jurídico independiente es fundamental y, en muchos casos, obligatorio. Un abogado independiente explica al propietario todas las cláusulas, consecuencias legales y efectos del contrato.
Si el propietario acepta la oferta y el asesoramiento, se procede a la firma de la escritura pública ante notario. En este acto, se formaliza la cesión de la nuda propiedad y la reserva del usufructo vitalicio. La escritura se inscribe en el Registro, y finalmente el propietario recibe el dinero acordado y conserva el derecho a vivir en la vivienda de por vida, asumiendo los gastos de mantenimiento y ordinarios.
Los requisitos más comunes son tener una edad mínima de entre 65 y 75 años, ser propietario de la vivienda, tener la propiedad libre de cargas, totalmente pagada, sin hipotecas, embargos u otras deudas, y que esta se encuentre en un estado de conservación adecuado.
Es el perfil ideal: personas que son "ricas en casa pero pobres en efectivo" y necesitan complementar sus ingresos mensuales.
Aquellos que valoran por encima de todo seguir viviendo en su casa actual y no depender de familiares o residencias.
Si los hijos tienen su propia vida resuelta y no dependen de heredar la vivienda familiar, esta opción resulta más viable.
Cuando se anticipan gastos elevados en salud, dependencia o adaptación de la vivienda.

Permite obtener liquidez sin vender la nuda propiedad. Es reversible y los herederos pueden saldar la deuda y conservar la casa. Sin embargo, los intereses son acumulativos.
Si el propietario está dispuesto a mudarse a una vivienda más pequeña o a vivir con familiares, puede alquilar su piso para obtener una renta. No es vitalicia e implica dejar el hogar.
Similar a la vivienda inversa, pero en este caso se vende la propiedad completa a una entidad (generalmente una aseguradora) que, a cambio, se compromete a pagar una renta mensual vitalicia al vendedor, quien también conserva el usufructo.
Investigar si existen programas de ayuda para mayores o dependientes de las comunidades autónomas o ayuntamientos que puedan paliar la necesidad de liquidez.
Se rige por el Código Civil español, en particular por las normas relativas a la compraventa, la nuda propiedad y el usufructo. No existe una ley específica para este producto, por lo que la seguridad jurídica reside en la correcta redacción del contrato y su posterior inscripción en el Registro de la Propiedad.
No, es un contrato irrevocable. Una vez firmada la escritura pública y recibido el pago, no es posible deshacer la operación. La empresa ha comprado un derecho que solo se materializará en el futuro, por lo que no está obligada a "revenderlo".
Sí, al ceder la nuda propiedad, el inmueble deja de formar parte del patrimonio del progenitor. Cuando este fallezca, la empresa inversora se convierte en la propietaria total y los herederos no recibirán la vivienda. Lo que sí heredan es el dinero restante que no haya sido gastado por el progenitor.
El mercado está en desarrollo. Algunas de las empresas más conocidas son Vern Properties, Aun Más Vida, Jubenial, Senior Expert y Vitalia Home. También algunas entidades financieras y fondos de inversión han comenzado a operar en este sector.
El vendedor o usufructuario suele tributar por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por la renta obtenida. La plusvalía generada por la venta de la nuda propiedad puede estar exenta si el propietario es mayor de 65 años, y debe pagar los gastos de mantenimiento de la vivienda.
El comprador o inversor asume los gastos de la operación como impuestos de actos jurídicos documentados, plusvalía municipal, honorarios notariales y registrales. Esto suele negociarse en el contrato.
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La vivienda inversa se presenta como una herramienta poderosa para afrontar los desafíos económicos de la jubilación, ofreciendo una vía para monetizar el principal activo de muchas familias sin sacrificar la comodidad y la seguridad del hogar.
Resulta ideal para personas mayores que priorizan su calidad de vida presente y su autonomía, y que no tienen una necesidad imperiosa de legar la vivienda a sus descendientes. Antes de dar el paso, es crucial comparar con otras alternativas, pero si es la solución indicada, la vivienda inversa puede ser la llave para una vejez digna, tranquila y desahogada.

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